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Martes 10 de enero de 2017
Circulares Marítimas 4.5
Archivos Descargables
- IMPARTE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS ESCUELAS QUE EFECTÚAN INSTRUCCIÓN DE DEPORTES DE TABLAS DE PLAYA.
- ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA LA ACREDITACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS ENTIDADES DE BUCEO DEPORTIVO QUE EFECTÚAN BUCEOS RECREATIVOS GUIADOS.
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- ESTABLECE LAS CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE ZARPE, INFORME DE RECALADA Y REPORTE DE POSICIONES DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS NACIONALES.
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- INSTRUCCIONES SOBRE MEDIDAS Y REGLAS DE SEGURIDAD EN EL BUCEO ARTESANAL, APLICABLES PREVIO, DURANTE Y DESPUES DE UNA INMERSION, A OBJETO SEAN EMPLEADAS POR LOS INSPECTORES LOCALES DE BUCEO, COMO MATERIAL DE APOYO PARA IMPARTIR INSTRUCCION A LOS BUZOS MARI
- IMPARTE INSTRUCCIONES PARA AUTORIZAR AL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA A BORDO DE LAS NAVES DE PESCA, PARA REALIZAR BUCEOS EN CASO SEA DECLARADA UNA EMERGENCIA.
- ESTABLECE NORMATIVA PARA EL EMPLEO DE OXÍGENO NORMOBÁRICO POST-BUCEO.
- APRUEBA PROGRAMA DE CURSO DE TÉCNICAS DE PRIMEROS AUXILIOS ORIENTADO AL BUCEO DEPORTIVO Y PROFESIONAL, DIRIGIDO A INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN RECONOCIDAS POR EL ESTADO Y ORGANISMOS TÉCNICOS DE CAPACITACIÓN (OTEC) QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS.